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Primera Sentencia que obliga a una aseguradora a indemnizar a un restaurante por las pérdidas en la pandemia

La Sección Civil de la Audiencia de Girona ha obligado a una compañía de seguros a indemnizar a un restaurante por la inactividad derivada de la crisis del coronavirus. El establecimiento hostelero reclamó una indemnización a la compañía por la existencia de un apartado en su póliza que recogía la ‘paralización de actividad’ con una cantidad de 200 euros diarios durante 30 días.

La sentencia ha puesto en jaque a las empresas aseguradoras tras tumbar el primer fallo sobre el asunto -el Juzgado de Primera Instancia 2 de Girona desestimó la demanda en noviembre de 2020- al estimar el recurso de la empresa, y es la primera sentencia que condena a una aseguradora por los efectos de la Covid-19.

En concreto, los propietarios de la pizzería contrató la póliza el 13 de febrero de 2020 para su local, y a causa de las restricciones por el coronavirus aplicadas a partir de marzo, estuvo cerrado durante más de 30 días, por lo que la empresa reclamó a la aseguradora una indemnización.

La aseguradora se opuso, al considerar que el cierre fue consecuencia de unas circunstancias generales y de las medidas del Gobierno de Cataluña para frenar los efectos derivados, y esgrimió que «en ningún lugar de la póliza (condiciones particulares o generales) se dice que se cubran (como si se tratara de uno de los siniestros que ambas partes tuvieran la intención de asegurar) los gastos de paralización» a causa de las restricciones que decretó la Generalitat.

El magistrado de la Audiencia de Girona considera ahora que la primera sentencia no tiene en cuenta las características del contrato de seguro y basa su decisión, «pura y simplemente, en la prueba testifical rendida por parte de empleados o personas vinculadas con la aseguradora demandada».

 

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